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Los pueblos indigenas: Idiomas y Cultura |
20 Julio 2012 | ||
Los idiomas y la cultura en la promoción y protección de los derechos y la identidad de los Pueblos indígenas
Reflexiones en torno al papel de los idiomas y la cultura en la promoción y protección de los derechos e identidad en el contexto del derecho a la participación y al previo, libre e informado consentimiento de los pueblos indígenas. El derecho a la lengua es un derecho humano fundamental siendo el idioma un elemento constitutivo del ser humano puesto que su génesis está íntimamente ligada con la del ser humano moderno hace unos 100.000 anos. A través del idioma cada pueblo trasmite sus valores y su saber, las formas colectivas de actuar y de pensar, de percibir, de estructurar e interpretar al mundo, es la memoria colectiva y la trasmisión intergeneracional del Saber. Es asì un elemento significativo de la diversidad cultural y genética de cada pueblo, y un importante instrumento creador de identidad y de diferenciación. De ahí que el derecho a la lengua es fundamental para la protección y el fomento de la cultura y de la identidad de los Pueblos Indígenas. El importante papel que asume el derecho al idioma en la promoción y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas se puede demostrar a titulo de ejemplo en el contexto de las políticas y practicas del derecho a laparticipación en la toma de decisiones. Me refiero especialmente al principio jurídico internacional del consentimiento previo, libre e informado de los Pueblos Indígenas, como principio constitutivo del derecho a la participación en la toma de decisiones. Según mi opinión este principio no es explicito, carece de una claridad definitoria de sus elemento. El excelente estudio presentado por el Mecanismo de Expertos se refiere por tal motivo a esta problemática. En especial el elemento "informar” carece de prescripción en detalle p.e. cuándo y cómo una información debe cumplir con el deber de ser lingüística- y culturalmente adecuada, y de forma comprensible para la población correspondiente. Si entendemos bajo "informado" la trasmisión de informaciones transparentes y exhaustivas comunicadas a la población indígena respetando el contexto cultural y las formas de percibir, de actuar y de valorar de dicha población, y no una mera traducción de conceptos, opino modestamente que esta situación exige rigurosamente la implementación del derecho a los idiomas y a la cultura de los Pueblos Indígenas. O sea imponer a todos los actores el uso de la lengua del Pueblo indígena involucrado en las acciones y negociaciones del consentimiento comunitario indígena. De esta forma impulsamos el respeto por y la protección del derecho a los idiomas y a la cultura como a la autodeterminación conjuntamente. Cristina Blohm, Leuphana Universitat Luneburg Consejo de Derechos Humanos Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Quinto periodo de sesiones Naciones Unidas, Ginebra |